Anexo
Para seguir profundizando
En este anexo desarrollamos algunos de los conceptos que surgieron en las historias de Clara y Gisela. Los invitamos a tirar del hilo y profundizar sobre algunos de los aspectos de la gran complejidad que es el tratamiento de datos en salud.
Consiste en eliminar la posibilidad de asociar a las personas con sus datos mediante tratamientos específicos a este fin. La anonimización raramente es total, por eso, términos más precisos aunque menos usados son: deidentificación y desidentificación. Deidentificar implica eliminar los datos que permiten establecer la asociación entre los datos y las personas (por ejemplo, el número de documento nacional de identidad). En la legislación argentina se usa el término disociación (Ley 26.742, artículo 2).
Según la Ley 26.742, artículo 2, es la declaración de voluntad suficiente de una persona (o de sus representantes legales) durante la atención en servicios de salud. Se considera que el consentimiento es informado cuando la persona recibe información clara, precisa y adecuada con respecto a, entre otros, su salud, procedimientos propuestos y riesgos asociados de forma que entiende las implicaciones de las diferentes decisiones que se le presentan. Esto incluye saber cómo se cuidarán y usarán sus datos.
Según la Ley 26.742, artículo 2, es la declaración de voluntad suficiente de una persona (o de sus representantes legales) durante la atención en servicios de salud. Se considera que el consentimiento es informado cuando la persona recibe información clara, precisa y adecuada con respecto a, entre otros, su salud, procedimientos propuestos y riesgos asociados de forma que entiende las implicaciones de las diferentes decisiones que se le presentan. Esto incluye saber cómo se cuidarán y usarán sus datos.
Según la Ley 26.742, artículo 2, es la declaración de voluntad suficiente de una persona (o de sus representantes legales) durante la atención en servicios de salud. Se considera que el consentimiento es informado cuando la persona recibe información clara, precisa y adecuada con respecto a, entre otros, su salud, procedimientos propuestos y riesgos asociados de forma que entiende las implicaciones de las diferentes decisiones que se le presentan. Esto incluye saber cómo se cuidarán y usarán sus datos.
Según la Ley 26.742, artículo 2, es la declaración de voluntad suficiente de una persona (o de sus representantes legales) durante la atención en servicios de salud. Se considera que el consentimiento es informado cuando la persona recibe información clara, precisa y adecuada con respecto a, entre otros, su salud, procedimientos propuestos y riesgos asociados de forma que entiende las implicaciones de las diferentes decisiones que se le presentan. Esto incluye saber cómo se cuidarán y usarán sus datos.
Según la Ley 26.742, artículo 2, es la declaración de voluntad suficiente de una persona (o de sus representantes legales) durante la atención en servicios de salud. Se considera que el consentimiento es informado cuando la persona recibe información clara, precisa y adecuada con respecto a, entre otros, su salud, procedimientos propuestos y riesgos asociados de forma que entiende las implicaciones de las diferentes decisiones que se le presentan. Esto incluye saber cómo se cuidarán y usarán sus datos.
Según la Ley 26.742, artículo 2, es la declaración de voluntad suficiente de una persona (o de sus representantes legales) durante la atención en servicios de salud. Se considera que el consentimiento es informado cuando la persona recibe información clara, precisa y adecuada con respecto a, entre otros, su salud, procedimientos propuestos y riesgos asociados de forma que entiende las implicaciones de las diferentes decisiones que se le presentan. Esto incluye saber cómo se cuidarán y usarán sus datos.
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